COVID-19

Flexibilidades y exenciones temporales en materia de cotizaciones a la seguridad social

COVID-19

Flexibilidades y exenciones temporales en materia de cotizaciones a la seguridad social

En el marco de las medidas de emergencia adoptadas para ayudar a las empresas en el contexto de la drástica disminución de la actividad económica debido a la crisis del coronavirus, muchos gobiernos e instituciones de seguridad social han aplazado o reducido de manera temporal las obligaciones de cotización a la seguridad social. El objetivo principal de estas medidas es reducir la carga económica inmediata de los empleadores, ayudar a las empresas a hacer frente a la crisis y, de esta manera, proteger los empleos. Estas medidas complementan, por lo tanto, los regímenes de trabajo de jornada reducida y otros regímenes de prestaciones que se han concebido para apoyar a los empleadores y a los trabajadores.

Las medidas adoptadas hasta la fecha se basan en tres estrategias principales:

  • la reducción de las tasas de cotización;
  • la exención temporal de las obligaciones de cotización; y
  • la ampliación de los plazos de pago.

Medidas de este tipo ya se han aplicado en otras crisis para  proteger las nuevas empresas  o reducir el desempleo, como en el caso del programa ACCRE (Aide aux chômeurs créateurs ou repreneurs d'entreprises) puesto en marcha en Francia. En el contexto actual del COVID 19, los gobiernos están ampliando y redefiniendo de manera considerable estas medidas para dar cobertura a sectores enteros de la economía. En el marco de esta labor, pueden observarse los aspectos siguientes:

  • las medidas están en consonancia y son coherentes con otras respuestas de la seguridad social a la crisis; por ejemplo, las exenciones del pago de las cotizaciones a la seguridad social están vinculadas a las situaciones de desempleo parcial;
  • se están introduciendo modificaciones en las obligaciones de pago de las cotizaciones en países de todas las regiones del mundo, como en Argelia, Bélgica, Brasil, China, Francia, Alemania, Japón, España y Tailandia;
  • en muchos países, las medidas están dirigidas específicamente a los sectores de actividad afectados por la crisis;
  • se suele prestar especial atención a las pequeñas y medianas empresas;
  • en varios países también se han extendido las medidas de reducción de las obligaciones de cotización a los trabajadores por cuenta propia económicamente independientes.

1. Reducción de las tasas de cotización a la seguridad social

En China, las administraciones locales de la ciudad de Guangzhou y de la provincia de Sichuan han reducido las cotizaciones de las grandes empresas en los regímenes de seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, de vejez y de desempleo. En Tailandia, las cotizaciones a la seguridad social de los empleadores y los empleados se han disminuido del 5 al 4 por ciento hasta agosto de 2020.

2. Exención de las obligaciones de cotización

En el Brasil, se ha liberado a los empleadores de la obligación de pagar cotizaciones al Fondo de Garantía de Indemnización de Despido (Fundo de Garantia do Tempo de Serviço – FGTS) durante tres meses. Del mismo modo, en varias provincias de China se ha eximido de manera temporal a las pequeñas y medianas empresas de pagar las cotizaciones  a los regímenes de seguro de pensiones, de desempleo,  de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales hasta junio de 2020. En Alemania y España, la exención del pago de cotizaciones se concederá a las empresas que hayan reducido el horario de trabajo de los empleados mediante, por ejemplo, los regímenes de desempleo parcial o de trabajo de jornada reducida. Para garantizar la financiación continua de la seguridad social, estas cotizaciones serán abonadas por la Agencia Federal de Empleo (Bundesagentur für Arbeit – BA) de Alemania y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de España, respectivamente. En la Argentina, los empleadores cuyos ingresos hayan disminuido drásticamente a causa de la crisis del coronavirus, en particular en los sectores del turismo, el transporte y la hostelería, entre otros, pueden solicitar una exención del pago de las cotizaciones a la seguridad social. En el Japón, las personas aseguradas del régimen nacional de pensiones pueden exonerarse de la obligación de pagar cotizaciones si están desempleadas o en caso de cierre de la empresa o de suspensión de la actividad empresarial.

3. Aplazamiento del pago de las cotizaciones a la seguridad social

Los empleadores con dificultades para cumplir con sus obligaciones de seguridad social pueden solicitar una ampliación del plazo de pago, que puede ser de un máximo de tres meses en Argelia y hasta seis meses en el Japón. En Francia, los empleadores también pueden solicitar un aplazamiento de tres meses del pago de las cotizaciones a la seguridad social. La posibilidad de aplazar el pago de las cotizaciones a la seguridad social, si bien se aplica más comúnmente a las empresas, también está disponible para los trabajadores por cuenta propia, como ocurre en Bélgica y Francia. En este último país, los trabajadores por cuenta propia también pueden solicitar que se reajuste su tasa de cotización de manera que se tenga en cuenta la disminución de los ingresos, y tienen derecho a solicitar una ayuda financiera excepcional. El organismo del seguro social debe determinar la reducción de las cotizaciones a partir de las pruebas presentadas relativas a, por ejemplo, la disminución de las ventas. El pago de cotizaciones puede aplazarse hasta 2021. Además de adoptar las medidas mencionadas, las instituciones de seguridad social están aplazando el aumento previsto de la base de cotización. Por ejemplo, en Shanghái (China), la base de cotización del año 2020 se ha mantenido al mismo nivel que en 2019.