La institución de seguridad social procura que se realicen valuaciones actuariales regulares para evaluar y supervisar la situación financiera de los programas de seguridad social. La institución de seguridad social además procura realizar una valuación actuarial en el momento en que se crea un nuevo programa o cuando se produce una modificación material en un programa existente.
Las valuaciones actuariales son necesarias esencialmente para evaluar la sostenibilidad de los programas de seguridad social, aunque también pueden ser necesarias para evaluar la adecuación del sistema y las consideraciones financieras. Los resultados de las valuaciones actuariales también tienen una incidencia en las decisiones de inversión, el cálculo de las prestaciones y la comunicación o divulgación. Esta directriz deberá leerse junto con las Directrices 27, 44, 46 y 49, y a la Directriz 41 de las Directrices de la AISS sobre la Buena Gobernanza.