Si bien la función de la seguridad social consiste en responder efectivamente a los riesgos del ciclo de vida de la población cubierta, la gestión, la financiación, la administración y el suministro de prestaciones y servicios sobre los que se apoya esta función también están sometidos a riesgos. Los riesgos inherentes a las actividades de las instituciones de seguridad social abarcan múltiples aspectos, son cambiantes y a menudo complejos. La naturaleza del riesgo depende de las tendencias y factores externos y de la manera en que la institución desempeña y supervisa las tareas a nivel interno.
La gestión del riesgo permite a una organización aumentar las probabilidades de alcanzar sus objetivos y esto se aplica también a las instituciones de seguridad social. La gestión efectiva del riesgo exige los aportes y la participación de especialistas que comprendan la medición y el tratamiento del riesgo y el uso de metodologías e hipótesis apropiadas para analizar el riesgo. Las contribuciones actuariales son, por tanto, cada vez más importantes en esta área. Al mismo tiempo, esta parte también es relevante para otros profesionales que asumen responsabilidades de gestión del riesgo.
Si bien todos ejercen repercusiones directas o indirectas para la institución, el análisis y el tratamiento del riesgo a menudo se dividen entre los que afectan a la financiación y el diseño de las prestaciones (“riesgos del régimen”) y ejercen efectos financieros directos en el régimen y los que afectan a la gestión de la institución de seguridad social (“riesgos operativos”) y ejercen efectos financieros más indirectos o difíciles de cuantificar. La función de gestión del riesgo garantizará que la gestión de determinados riesgos sea compatible con los principios y las consideraciones generales de gestión del riesgo de la institución en todo el sistema y todos los regímenes.
Por consiguiente, esta parte trata sobre los diferentes riesgos usando el marco de un proceso de gestión de riesgos. La Directriz 30 describe el marco que cubre los principios fundamentales de la gestión del riesgo, entre ellos el establecimiento de un plan de gestión del riesgo y consideraciones en torno al presupuesto de riesgo o el apetito de la institución de seguridad social. El proceso de gestión del riesgo se compone de tres elementos: la identificación del riesgo (Directriz 31), la medición del riesgo (Directriz 32) y el tratamiento del riesgo, incluida la retención o transferencia (Directriz 33). La aplicación práctica del proceso de gestión del riesgo para tratar los riesgos del régimen y los riesgos operativos se describe, respectivamente, en las Directrices 35 y 36.
Los actuarios son profesionales con una gran pericia en el reconocimiento, la medición y la gestión de riesgos gracias a la aplicación de sus competencias y conocimientos de matemáticas, estadísticas y teoría del riesgo y por lo tanto deberán participar en cada etapa del proceso de gestión del riesgo de la institución de seguridad social.