Inversión de los Fondos de la Seguridad Social - Directriz 8. Restricciones a las inversiones
En el caso de las instituciones de seguridad social que tienen un mandato, una legislación, una política o unos decretos de inversiones, pueden establecer la orientación general de la política de inversiones y prescribir los tipos de instrumentos de inversión permitidos. Toda restricción legal o reguladora está documentada e incorporada en la misión y en la estrategia de inversiones de la institución de seguridad social o adecuadamente comunicada a los administradores de inversiones externos.
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