International Social Security Review, publicada por primera vez en 1948, es la principal publicación internacional trimestral del mundo en el ámbito de la seguridad social.
La protección social y la economía de las plataformas digitales: La postura anómala del legislador francés
Autores:
Isabelle Daugareilh
Número:
Volumen 74 (2021), Número 3-4 (Edición especial)
Al abordar la cuestión de la protección social de los trabajadores de plataformas, el legislador francés, en 2016 y luego en 2019, adoptó medidas para, por un lado, incorporar a estos trabajadores al régimen general de seguridad social y proporcionarles cobertura para ciertos riesgos (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) y, por el otro, mejorar la idoneidad (facilitar un posible acceso a una cobertura complementaria). Sin embargo, estas iniciativas se basan en perspectivas radicalmente opuestas. En lugar de consolidar la responsabilidad jurídica del empleador con respecto a la salud y la seguridad de los trabajadores, la responsabilidad recae sobre la plataforma, pero únicamente de manera voluntaria, en el marco de la responsabilidad social corporativa. De este modo se corre el riesgo de fragmentar las prestaciones sociales, definidas por cada plataforma, y debilitar de este modo las prácticas de protección mutua y participación común en la cobertura de riesgos entre empresas y trabajadores, las cuales constituyen la base de la seguridad social. Al hacer esto, el legislador ha roto el vínculo, cuyo objetivo histórico ha sido siempre la inclusión social, y ha fomentado de distintas maneras la privatización, o una nueva mercantilización, de la seguridad social en beneficio de los intereses comerciales de las compañías de seguros privadas. Además, lo ha hecho utilizando el caballo de Troya del código de trabajo francés. Este enfoque contrasta con la posición convergente de organizaciones internacionales como la Unión Europea, la Organización Internacional del Trabajo o la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos, que recomiendan que los estados instauren el derecho a la protección social para todos los trabajadores atípicos y no asalariados. En lugar de identificar los desafíos comunes a los que se enfrentan las personas que trabajan para plataformas y ofrecer respuestas específicas a su situación, considera el trabajo en las plataformas una de las nuevas formas de trabajo atípico que adoptan aquellos que pueden tener la condición de trabajadores por cuenta propia o empleado.
Temas:
Políticas de empleo
Palabras clave:
legislación de seguridad social
protección social
trabajo atípico
platform workers
Países:
Francia
De la precariedad a la denegación de la condición social en el ordenamiento jurídico belga: Los derechos de seguridad social de los trabajadores de las plataformas digitales se ponen en tela de juicio
Autores:
Céline Wattecamps
Número:
Volumen 74 (2021), Número 3-4 (Edición especial)
El derecho a la seguridad social se recoge en el artículo 23 de la Constitución belga. La función del legislador es aplicar dicho artículo para garantizar el derecho de todos a llevar una vida digna. Los estudios realizados demuestran que los trabajadores de plataformas tienen graves dificultades para conseguir protección social. El objetivo de este artículo es destacar los límites de las disposiciones legislativas existentes en cuanto a su capacidad para hacer efectivo el derecho fundamental a la seguridad social de los trabajadores de plataformas. Con respecto a dichas disposiciones legislativas, en el artículo se destacan los reglamentos generales que configuran el sistema de seguridad social belga y las últimas medidas adoptadas por el legislador de este país con respecto a la llamada economía compartida. Un análisis de estas disposiciones demuestra que, tanto de facto como de jure, varios trabajadores de plataformas están excluidos de la seguridad social. Cuando menos, esto plantea la cuestión de si el legislador belga está cumpliendo con la obligación positiva de garantizar a los trabajadores de plataformas el derecho constitucional a la seguridad social y con la obligación negativa de al menos no socavarlo.
Temas:
Políticas de empleo
Políticas y programas sociales
Palabras clave:
legislación de seguridad social
derechos de los asegurados
platform workers
trabajo atípico
Países:
Bélgica
La seguridad social de los trabajadores de plataformas en España: ¿Condición de trabajador por cuenta propia o de empleado?
Autores:
María Luisa Pérez Guerrero
Miguel Rodríguez-Piñero Royo
Número:
Volumen 74 (2021), Número 3-4 (Edición especial)
Los estudios realizados sobre la protección social de los trabajadores de plataformas en España se centran en los repartidores en bicicleta o motocicleta, que llevan comida a domicilio y cuyos servicios contratan algunas de las plataformas más conocidas en el escenario económico y social del país. La mayoría de estos trabajadores están cubiertos por el régimen de seguridad social aplicable a los trabajadores independientes. Sin embargo, un fallo del Tribunal Supremo del 25 de septiembre de 2020 redefinió la relación entre Glovo y sus repartidores como un contrato de trabajo. Esta decisión ha cambiado la percepción de las plataformas y ha llevado al Gobierno de España a regular el trabajo realizado a través de las plataformas en el país. A pesar de ello, la decisión del Gobierno se limita a los repartidores, mientras que, en realidad, el problema es mucho más amplio. En este artículo se presenta la realidad actual de los trabajadores de plataformas de España con respecto al sistema de seguridad social, así como las últimas resoluciones de los tribunales.
Temas:
Políticas de empleo
Políticas y programas sociales
Palabras clave:
trabajo atípico
platform workers
empleado
trabajador independiente
regímenes de seguridad social
protección social
Países:
España
Prever el trabajo en las plataformas como una nueva forma de trabajo en la legislación de seguridad social de los Países Bajos: ¿Nuevo trabajo, mismas normas?
Autores:
Saskia Montebovi
Número:
Volumen 74 (2021), Número 3-4 (Edición especial)
En los Países Bajos todavía no se han definido formalmente los derechos de seguridad social de los trabajadores de las plataformas digitales. Actualmente, el nivel de protección de la seguridad social que se ofrece a todos los trabajadores depende directamente de la cualificación que se otorgue a su actividad en virtud de la legislación laboral. Teniendo en cuenta que en los Países Bajos sigue sin haber una legislación específica para los trabajadores de plataformas, concretamente en lo que respecta a la legislación laboral y de seguridad social, la legislación existente es la que se aplica. Esto significa que al trabajador que realiza su actividad a través de una plataforma o bien se le incluye en el sistema como empleado, con el amplio paquete de protección que, como tal, le corresponde, o bien como trabajador independiente, con una protección social limitada. A día de hoy, a la mayoría de los trabajadores de plataformas se les aplica la segunda opción. No obstante, la evolución reciente apunta a una posible mejora de la situación de los trabajadores de plataformas con respecto a la seguridad social en los Países Bajos.
Temas:
Políticas de empleo
Extensión de la cobertura
Palabras clave:
trabajo atípico
platform workers
legislación de seguridad social
cobertura
trabajador independiente
protección social
mercado de trabajo
Países:
Países Bajos
La cobertura de seguridad social de los trabajadores de plataformas en Suiza: ¿Una solución intermedia?
Autores:
Sabrine Magoga-Sabatier
Anne-Sylvie Dupont
Número:
Volumen 74 (2021), Número 3-4 (Edición especial)
En este artículo se compara la cobertura de seguridad social para los trabajadores por cuenta propia y los empleados de las plataformas digitales en Suiza. Arroja luz sobre las particularidades que han frenado la evolución de la legislación social suiza hacia las nuevas formas de trabajo emergentes y resume las soluciones que aporta la jurisprudencia. Estas soluciones todavía se están ajustando, pero tienden a la reclasificación de los contratos como trabajo remunerado. Por último, a pesar de la indecisión de las autoridades suizas a la hora adoptar medidas políticas para impulsar estas nuevas formas de trabajo, que tienen un potencial económico considerable, y mientras se procura prevenir el riesgo de precariedad en el trabajo, se debaten cuáles son las opciones disponibles.
Temas:
Políticas de empleo
Políticas y programas sociales
Palabras clave:
regímenes de seguridad social
trabajo atípico
platform workers
trabajador independiente
empleado
situación en el empleo
Países:
Suiza
La protección social de los trabajadores de plataformas en Rumania: ¿Se satisface la demanda creciente de una cobertura asequible y adecuada?
Autores:
Felicia Roșioru
Número:
Volumen 74 (2021), Número 3-4 (Edición especial)
En un mundo del trabajo cambiante, los trabajadores de plataformas tienen dificultades para acceder a una protección adecuada, incluidas las prestaciones del sistema de seguridad social. Las prestaciones de seguridad en Rumania son singulares, ya que el acceso se basa en que una persona tenga ingresos profesionales, independientemente de la situación jurídica del trabajador (subordinado o por cuenta propia). Por regla general, todos los trabajadores están cubiertos en caso de enfermedad, y si se producen cambios en la situación familiar o en lo relativo a las pensiones. En cambio, para los trabajadores por cuenta propia, la cobertura de las prestaciones por desempleo, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, la licencia por enfermedad, la protección de los riesgos durante el embarazo o la licencia para cuidar a un hijo enfermo son voluntarias. Teniendo en cuenta la expansión del trabajo en las plataformas, en el artículo se aborda la situación específica de los trabajadores de plataformas en Rumania, que están oficialmente cubiertos por el sistema de seguridad social, pero encuentran obstáculos relacionados con los criterios de admisibilidad, las formalidades administrativas, el riesgo de cese automático del trabajo y la naturaleza intermitente de la actividad.
Temas:
Empleo
Extensión de la cobertura
Políticas y programas sociales
Palabras clave:
trabajo atípico
platform workers
trabajador independiente
regímenes de seguridad social
cobertura
Países:
Rumania
El trabajo en las plataformas y la seguridad social en la legislación de Alemania: Una perspectiva de derecho internacional
Autores:
Eberhard Eichenhofer
Número:
Volumen 74 (2021), Número 3-4 (Edición especial)
El trabajo en las plataformas plantea un problema para la legislación tradicional en materia de seguridad social por dos razones. Primero, difumina la línea que distingue entre el trabajo por cuenta propia y el trabajo por cuenta ajena. Esto plantea un difícil desafío para la legislación en materia de seguridad social, puesto que los criterios para definir el trabajo por cuenta propia y el trabajo por cuenta ajena deben ser precisos. A este respecto, el derecho alemán pone de manifiesto que se ha producido un cambio en el sentido de que la determinación de la situación laboral ya no se basa en criterios externos y objetivos, sino en la decisión de las partes contratantes, la cual debe aplicarse en el marco del derecho privado, aunque también deberá respetar la legislación en materia de seguridad social. Segundo, el trabajo en plataformas está estrechamente vinculado a la comunicación digital, que ha creado un entorno de comunicación mundial. Así, el trabajo en las plataformas también puede facilitar el comercio internacional, haciendo que el trabajo transnacional sea más accesible y eficiente. Por lo tanto, parece necesario examinar las implicaciones del trabajo en las plataformas en la legislación internacional. Gracias a la legislación internacional se puede elegir la legislación a la que van a acogerse las partes contratantes. Como consecuencia, la protección de los empleados mediante la legislación de seguridad social está relacionada con los acuerdos de derecho privado concertados entre el proveedor de servicios y el destinatario de los servicios. Las deficiencias en la protección de la seguridad social de los proveedores de servicios se han generalizado. Muchos países cada vez son más conscientes de las deficiencias en la protección social de los trabajadores de plataformas y han empezado a analizarse las respuestas para mejorar la condición social de dichos trabajadores. El análisis revela que el proveedor de servicios y el destinatario de los servicios tienen una responsabilidad conjunta con respecto a la cobertura de seguridad social en el marco de la misma legislación nacional. Sin embargo, las reformas están limitadas por las restricciones impuestas por el derecho internacional.
Temas:
Políticas de empleo
Políticas y programas sociales
Palabras clave:
trabajo atípico
platform workers
legislación de seguridad social
financiación de la seguridad social
mercado de trabajo
reglamento
aspecto jurídico
Países:
Alemania
El trabajo en las plataformas, la protección y la flexiguridad en Dinamarca
Autores:
Catherine Jacqueson
Número:
Volumen 74 (2021), Número 3-4 (Edición especial)
¿Tienen los trabajadores de las plataformas en línea de Dinamarca una protección efectiva y adecuada contra los riesgos sociales y del mercado de trabajo? En este artículo se examina esta cuestión fundamental en el contexto del mercado de trabajo danés, conocido por su alto grado de inseguridad laboral, pero que cuenta con un sistema de seguridad social bastante generoso. En el artículo se llega a la conclusión de que el régimen de seguridad social obligatorio de Dinamarca proporciona la protección necesaria contra los riesgos, pero también se señalan deficiencias en dicha protección, lo que pone en entredicho la efectividad de la cobertura del sistema y la idoneidad de los beneficios.
Temas:
Políticas de empleo
Políticas y programas sociales
Palabras clave:
legislación de seguridad social
trabajo atípico
platform workers
trabajador independiente
cobertura
vacíos en la cobertura
Países:
Dinamarca
¿Cuál es el régimen de seguridad social idóneo para los trabajadores de plataformas en Italia?
Autores:
Silvia Borelli
Sofia Gualandi
Número:
Volumen 74 (2021), Número 3-4 (Edición especial)
En este artículo se destaca el debate sobre los regímenes de seguridad social aplicables a los trabajadores de plataformas en Italia. Dado que los regímenes de seguridad social difieren en función del tipo de relación laboral, por cuenta ajena o por cuenta propia, en el artículo se explica cómo aborda la jurisprudencia italiana la situación laboral de los trabajadores de las plataformas digitales. Por lo tanto, se presenta la legislación, la jurisprudencia y la negociación colectiva italiana sobre seguridad y salud en el trabajo, se especifica a qué cobertura tienen derecho los trabajadores de plataformas en el caso de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y se hace hincapié en las repercusiones de la pandemia de COVID 19. Por otra parte, se hace una descripción general de los dos regímenes de ingresos mínimos principales que existen en Italia y del debate académico al respecto, y se explica cómo afectan dichos regímenes a la capacidad de las plataformas digitales de trabajo para eludir sus responsabilidades en lo que respecta a los derechos de los trabajadores, incluido el acceso a una protección social adecuada.
Temas:
Políticas de empleo
Accidentes y enfermedades profesionales
Palabras clave:
trabajo atípico
platform workers
empleo precario
regímenes de seguridad social
seguridad en el trabajo
accidente de trabajo
enfermedad profesional
ingreso garantizado
Países:
Italia
Introducción: La protección social de los trabajadores de las plataformas digitales en Europa
Autores:
Isabelle Daugareilh
Número:
Volumen 74 (2021), Número 3-4 (Edición especial)
En este número especial de la revista International Social Security Review se aborda la importante cuestión de la protección social de los trabajadores de las plataformas digitales en Europa. En él se pone de relieve el riesgo de que los sistemas de protección puedan estar debilitándose considerablemente debido a la disminución de la solidaridad social en favor del individualismo, la privatización total o parcial de la seguridad social y la reducción de los niveles de protección, como consecuencia de la aparición de las plataformas digitales y el apoyo que reciben de los legisladores en la mayor parte de los países.