International Social Security Review, publicada por primera vez en 1948, es la principal publicación internacional trimestral del mundo en el ámbito de la seguridad social.
En muchos países europeos se da cada vez más importancia a las políticas de mercado de trabajo en las que los empleadores participan activamente en la reinserción de los desempleados. Estas políticas orientadas al empleador se centran en la demanda de fuerza de trabajo de las empresas y tratan de influir en su voluntad de contratar, formar y orientar a grupos de desempleados, a menudo desfavorecidos. Utilizando datos de un estudio cualitativo basado en entrevistas realizadas en el marco de un programa destinado a empleadores de una ciudad sueca de tamaño medio, el presente artículo tiene como objetivo recoger información sobre cómo se utilizan estas políticas para alentar a los empleadores a contratar a trabajadores desempleados y sobre las diferencias entre los empleos creados en este contexto y los empleos ordinarios.. En el artículo se sostiene que la creación de puestos de trabajo mediante nuevos acuerdos que fomenten la división del empleo y que permitan liberar al personal de plantilla de las tareas no cualificadas, puede incitar a los empleadores a contratar a desempleados, si dichos acuerdos están relacionados con otras medidas. Por otra parte, el artículo también pone de manifiesto que esta nueva división del trabajo, en la que los participantes en el programa realizan principalmente tareas no cualificadas, es difícil de poner en práctica, ya que los nuevos empleados ejecutan cada vez más tareas ordinarias.
El artículo estudia, en una muestra de 29 países de Europa Oriental y Meridional, la ex Unión Soviética y Mongolia, el efecto causal de la confianza en la voluntad de pagar impuestos más altos para ayudar a los necesitados. Se plantea la hipótesis de que la confianza entre las personas se traduce en una mayor predisposición a pagar impuestos para ayudar a los necesitados, ya que: (i) la confianza aumenta la probabilidad de ayudar a desconocidos; (ii) la confianza fomenta la solidaridad y la cooperación cuando se obra para resolver problemas sociales comunes; y (iii) la confianza reduce las sospechas de que el dinero redistribuido sea mal empleado. Tres conclusiones fundamentales se derivan del artículo: en primer término, cuanto más reina la confianza entre las personas, más están dispuestas a respaldar al Estado de bienestar, en segundo término, el efecto de la confianza en el respaldo al Estado de bienestar se mantiene incluso en un entorno caracterizado por niveles de confianza más bien bajos y sistemas de redistribución no muy desarrollados y, por último, una mayor confianza a nivel individual fomenta la moral fiscal y disuade la evasión fiscal.
La prevención del riesgo de exclusión social se ha convertido en una cuestión fundamental en la Unión Europea (UE) debido a los recortes sociales que ha impuesto la explosión de la deuda de los Estados miembros. Esta cuestión se sitúa en la encrucijada entre las políticas de empleo y de formación y las reformas orientadas a adaptar los sistemas de protección social a la nueva realidad del contexto socioeconómico (envejecimiento de la población, inestabilidad familiar, desempleo masivo, precariedad del empleo, pobreza en el trabajo y desigualdades sociales persistentes y crecientes). En el presente artículo se pretende mostrar que la promoción de la protección social dentro de un enfoque de inversión social representa un modo excelente de conciliar los objetivos de igualdad de oportunidades a lo largo del ciclo de vida, de rendimiento económico sostenible (mejora de la competitividad estructural) y de aumento de la cohesión social en favor del bienestar colectivo. En el presente artículo se atribuye especial atención a la necesidad de promover el derecho universal e individual a la movilidad y a la formación durante toda la vida. Estos derechos constituirían nuevas garantías sociales, que compensarían las exigencias relacionadas con la flexibilidad del mercado de trabajo. Se destaca también la importancia de incorporar estos derechos en toda la UE con un nivel mínimo de protección social ampliado. De este modo, se podría proporcionar una protección permanente contra el riesgo de exclusión en la UE, favorecer la integración económica y social que se pretende lograr mediante la Estrategia de Lisboa revisada (2003‐2005) y aumentar la confianza y la esperanza de los ciudadanos europeos.
Los consistentes programas de seguridad social que promueven la seguridad colectiva y personal pueden realizar una importante contribución a la prevención de la inseguridad social porque actúan como estabilizadores automáticos integrados y aportan beneficios sociales, políticos y económicos a toda la sociedad. Por el contrario, los sistemas frágiles ejercen un efecto desestabilizador que reduce su eficacia preventiva. Las distintas contribuciones de los sistemas de seguridad social a la prevención de la inseguridad social y económica han perdido intensidad en muchos países. Los motivos del relativo descuido de la prevención se consideran junto a los cambios que han debilitado los elementos de prevención del sistema. El contexto estructural en el que deben operar las políticas de seguridad social, en particular la calidad y la cantidad del empleo, así como la interacción con otros programas públicos, obviamente, ejerce grandes repercusiones en su capacidad de prevención. Los regímenes aún pueden alcanzar muchos logros si prestan más atención a los elementos necesarios para prevenir la inseguridad. Se presentan proposiciones para reforzar la prevención dentro de los programas de seguridad social a fin de promover un debate más amplio de estas cuestiones para que la prevención se considere nuevamente un objetivo central.
La mayor parte de los países tienen planes de pensiones separados para los empleados del sector público. La carga fiscal futura de estos planes puede ser importante, ya que el gobierno es, por lo general, el mayor empleador, los compromisos de pensiones en el sector público tienden a ser relativamente generosos y los pagos futuros proceden, de modo directo, de los ingresos estatales (según el método de reparto) o se realizan mediante planes por capitalización (fondos de pensiones) que tienden a estar insuficientemente financiados. La valoración y la publicación de información relativa a estos compromisos de pensiones son poco transparentes en algunos países, lo que puede ocultar enormes obligaciones fiscales que podrían pasar a generaciones futuras de trabajadores. Para poder realizar una comparación equitativa entre países en lo relativo a la carga fiscal de sus planes de pensiones del sector público, en este artículo se recomienda utilizar un procedimiento uniforme para valorar y publicar la información sobre las obligaciones de pensión no capitalizadas, que permita mejorar la transparencia y la formulación de las políticas. Se ha realizado una estimación del valor razonable neto de las obligaciones no capitalizadas a finales de 2008 en una muestra de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Esta carga fiscal también se puede interpretar como la deuda implícita de pensiones en términos de su valor razonable.
Durante los últimos treinta años, América Latina ha sido pionera en la realización de reformas estructurales de las pensiones. Este artículo se centra en una muestra regional representativa formada por siete países de América Central con diferentes niveles de desarrollo (Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá), y estudia las pensiones contributivas y financiadas con cargo a los impuestos, así como las recientes reformas de las pensiones. Evalúa de manera comparada la efectividad de los regímenes de pensión, basándose en los siguientes principios de la seguridad social: unidad, cobertura universal, adecuación de las prestaciones, igualdad de trato, solidaridad social e igualdad de género, y sostenibilidad financiera. Analiza también el efecto de la crisis mundial en los regímenes de pensiones de estos países, hace hincapié en las diferencias entre las pensiones públicas y privadas, y extrae enseñanzas y sugiere políticas para el futuro.
El objetivo de este estudio es la evaluación ex ante del impacto de una reforma paramétrica del sistema de pensiones en España, concretamente el alargamiento del período utilizado para el cómputo de las prestaciones, que ha sido propuesta en numerosas ocasiones por distintos actores socioeconómicos. Este tipo de cambios graduales pertenecen a la categoría de reformas no estructurales del sistema de pensiones, en contraposición a las reformas de carácter estructural, muy populares en América Latina durante la pasada década, y que consistirían en el establecimiento de sistemas de capitalización individual y contribución definida. Los principales resultados que se obtienen indican que este tipo de reforma tendría un efecto negativo, aunque modesto, sobre los ingresos por pensiones de los jubilados y reduciría la dispersión de las prestaciones.