International Social Security Review, publicada por primera vez en 1948, es la principal publicación internacional trimestral del mundo en el ámbito de la seguridad social.
En muchos países europeos se da cada vez más importancia a las políticas de mercado de trabajo en las que los empleadores participan activamente en la reinserción de los desempleados. Estas políticas orientadas al empleador se centran en la demanda de fuerza de trabajo de las empresas y tratan de influir en su voluntad de contratar, formar y orientar a grupos de desempleados, a menudo desfavorecidos. Utilizando datos de un estudio cualitativo basado en entrevistas realizadas en el marco de un programa destinado a empleadores de una ciudad sueca de tamaño medio, el presente artículo tiene como objetivo recoger información sobre cómo se utilizan estas políticas para alentar a los empleadores a contratar a trabajadores desempleados y sobre las diferencias entre los empleos creados en este contexto y los empleos ordinarios.. En el artículo se sostiene que la creación de puestos de trabajo mediante nuevos acuerdos que fomenten la división del empleo y que permitan liberar al personal de plantilla de las tareas no cualificadas, puede incitar a los empleadores a contratar a desempleados, si dichos acuerdos están relacionados con otras medidas. Por otra parte, el artículo también pone de manifiesto que esta nueva división del trabajo, en la que los participantes en el programa realizan principalmente tareas no cualificadas, es difícil de poner en práctica, ya que los nuevos empleados ejecutan cada vez más tareas ordinarias.
Los regímenes de pensiones de cotizaciones teóricas definidas se han implementado con éxito desde mediados de la década de 1990 en varios países europeos como Italia, Letonia, Noruega, Polonia y Suecia. El enfoque de cotizaciones teóricas definidas incluye el vínculo entre cotizaciones y prestaciones durante toda la vida de un régimen de cuentas individuales de cotizaciones definidas pero sobre la base del método del reparto. Al principio, los compromisos en términos del reparto del anterior sistema de prestaciones definidas se convierten en cuentas individuales y ello facilita la transición del modelo de prestaciones definidas al de cotizaciones definidas, al tiempo que elude los altísimos costos de la transición entre el régimen tradicional de reparto de prestaciones definidas y un régimen de capitalización total y de cotizaciones definidas. El enfoque de una aplicación normativa de un sistema de cotizaciones teóricas definidas permite gestionar los riesgos económicos y demográficos inherentes a un régimen de pensiones y, por su diseño, genera la sostenibilidad financiera. Como en cualquier régimen de pensiones, el eje entre la estabilidad financiera y la adecuación es la edad de jubilación. En el modelo de cotizaciones teóricas definidas, el individuo selecciona por sí mismo su edad de jubilación, por encima de la edad mínima. Por medio de incentivos, la edad de jubilación efectiva debería aumentar en consonancia con el envejecimiento de la población. Como enfoque de reforma sistémica, el modelo de cotizaciones teóricas definidas se ha convertido en un importante competidor de las reformas paramétricas parciales de los regímenes tradicionales de prestaciones teóricas definidas. Si bien son frecuentes, estas reformas no son transparentes y por lo general son demasiado ligeras y llegan tarde para garantizar la sostenibilidad financiera y proporcionar al mismo tiempo pensiones adecuadas para el cotizante medio. Este artículo ofrece una presentación en buena medida no técnica de los regímenes de cotizaciones teóricas definidas, sus elementos básicos y sus ventajas con respecto a los regímenes de prestaciones teóricas definidas, las principales limitaciones técnicas del enfoque y las experiencias de los países con regímenes de cotizaciones teóricas definidas.
La prevención del riesgo de exclusión social se ha convertido en una cuestión fundamental en la Unión Europea (UE) debido a los recortes sociales que ha impuesto la explosión de la deuda de los Estados miembros. Esta cuestión se sitúa en la encrucijada entre las políticas de empleo y de formación y las reformas orientadas a adaptar los sistemas de protección social a la nueva realidad del contexto socioeconómico (envejecimiento de la población, inestabilidad familiar, desempleo masivo, precariedad del empleo, pobreza en el trabajo y desigualdades sociales persistentes y crecientes). En el presente artículo se pretende mostrar que la promoción de la protección social dentro de un enfoque de inversión social representa un modo excelente de conciliar los objetivos de igualdad de oportunidades a lo largo del ciclo de vida, de rendimiento económico sostenible (mejora de la competitividad estructural) y de aumento de la cohesión social en favor del bienestar colectivo. En el presente artículo se atribuye especial atención a la necesidad de promover el derecho universal e individual a la movilidad y a la formación durante toda la vida. Estos derechos constituirían nuevas garantías sociales, que compensarían las exigencias relacionadas con la flexibilidad del mercado de trabajo. Se destaca también la importancia de incorporar estos derechos en toda la UE con un nivel mínimo de protección social ampliado. De este modo, se podría proporcionar una protección permanente contra el riesgo de exclusión en la UE, favorecer la integración económica y social que se pretende lograr mediante la Estrategia de Lisboa revisada (2003‐2005) y aumentar la confianza y la esperanza de los ciudadanos europeos.
Los consistentes programas de seguridad social que promueven la seguridad colectiva y personal pueden realizar una importante contribución a la prevención de la inseguridad social porque actúan como estabilizadores automáticos integrados y aportan beneficios sociales, políticos y económicos a toda la sociedad. Por el contrario, los sistemas frágiles ejercen un efecto desestabilizador que reduce su eficacia preventiva. Las distintas contribuciones de los sistemas de seguridad social a la prevención de la inseguridad social y económica han perdido intensidad en muchos países. Los motivos del relativo descuido de la prevención se consideran junto a los cambios que han debilitado los elementos de prevención del sistema. El contexto estructural en el que deben operar las políticas de seguridad social, en particular la calidad y la cantidad del empleo, así como la interacción con otros programas públicos, obviamente, ejerce grandes repercusiones en su capacidad de prevención. Los regímenes aún pueden alcanzar muchos logros si prestan más atención a los elementos necesarios para prevenir la inseguridad. Se presentan proposiciones para reforzar la prevención dentro de los programas de seguridad social a fin de promover un debate más amplio de estas cuestiones para que la prevención se considere nuevamente un objetivo central.
La mayor parte de los países tienen planes de pensiones separados para los empleados del sector público. La carga fiscal futura de estos planes puede ser importante, ya que el gobierno es, por lo general, el mayor empleador, los compromisos de pensiones en el sector público tienden a ser relativamente generosos y los pagos futuros proceden, de modo directo, de los ingresos estatales (según el método de reparto) o se realizan mediante planes por capitalización (fondos de pensiones) que tienden a estar insuficientemente financiados. La valoración y la publicación de información relativa a estos compromisos de pensiones son poco transparentes en algunos países, lo que puede ocultar enormes obligaciones fiscales que podrían pasar a generaciones futuras de trabajadores. Para poder realizar una comparación equitativa entre países en lo relativo a la carga fiscal de sus planes de pensiones del sector público, en este artículo se recomienda utilizar un procedimiento uniforme para valorar y publicar la información sobre las obligaciones de pensión no capitalizadas, que permita mejorar la transparencia y la formulación de las políticas. Se ha realizado una estimación del valor razonable neto de las obligaciones no capitalizadas a finales de 2008 en una muestra de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Esta carga fiscal también se puede interpretar como la deuda implícita de pensiones en términos de su valor razonable.