Según la Ley de Protección Familiar, que entró en vigor en abril de 2013, si se casan la viuda o las viudas de un asegurado fallecido, no se suspenderá su derecho a recibir la prestación por supervivencia. Por lo tanto, la prestación que se interrumpió por esa razón se puede volver a otorgar desde que la ley entró en vigor.
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