Organización de Seguridad Social de Irán
Irán, República Islámica del
Asia y el Pacífico

Predeterminación de la tasa de cotización para los contratos - Artículo 38 de la Ley de la Seguridad Social de la República Islámica del Irán

Año de implementación
2021

Según la legislación vigente (artículo 38 de la Ley de la Seguridad Social de la República Islámica del Irán), todos los contratos establecidos entre el Gobierno y sus contratistas están sujetos a la Ley de la Seguridad Social y los contratistas tienen la obligación legal de pagar la cotización que les corresponde a la Organización de Seguridad Social de Irán (Iranian Social Security Organization – ISSO). El método anterior consistía en determinar la tasa de cotización una vez formalizado el contrato, lo que daba lugar a algunas partidas de costos ambiguas que provocaban contradicciones entre la ISSO, el empleador y el contratista.

Así, la ISSO se veía obligada a tratar las consiguientes reclamaciones, lo cual alargaba los procesos de recaudación de cotizaciones. El método modificado consiste en determinar la tasa de cotización mediante un sistema inteligente creado por la ISSO antes de la formalización del contrato y realizar los demás trámites por vía electrónica.

Topic:
Gobernanza y administración
Calidad de los servicios