Coordinación de la seguridad social de los trabajadores migrantes internacionales

Coordinación de la seguridad social de los trabajadores migrantes internacionales

En un momento en que celebramos el Día Internacional del Migrante, el 18 de diciembre, el aumento de las corrientes migratorias internacionales pone de manifiesto la necesidad de mejorar los datos sobre los movimientos de población y el intercambio de dichos datos. La labor de la AISS en esta esfera contribuirá a extender el acceso a la seguridad social de forma eficaz.

¿Quiénes son los trabajadores migrantes internacionales?

Según estimaciones de las Naciones Unidas, el número de migrantes internacionales supera los 250 millones, y esta cifra va en aumento. Cerca de dos terceras partes de estos migrantes son trabajadores, de los cuales poco más de la mitad son hombres. Se consideran trabadores migrantes internacionales aquellas personas que cambian de país de residencia para trabajar, en general por períodos más o menos largos, o incluso de forma definitiva. Todos los movimientos transfronterizos de trabajadores afectan al funcionamiento de los sistemas de seguridad social. El desafío principal consiste en encontrar maneras de garantizar a estos trabajadores migrantes el acceso a la cobertura y el derecho a percibir prestaciones de la seguridad social. Para hacer frente a este desafío, es necesario, en primera instancia, lograr una coordinación adecuada de la labor de las administraciones de la seguridad social más allá de las diferentes jurisdicciones nacionales. En términos prácticos, ello supone la adopción de instrumentos jurídicos concretos, en particular de acuerdos de seguridad social bilaterales. Los acuerdos de seguridad social multilaterales, firmados entre varios países, son menos habituales.

Estos acuerdos, cuando se aplican como instrumentos jurídicos internacionales, deben abarcar varios principios, entre los que se encuentran los siguientes:

  • garantizar la igualdad de trato de los trabajadores migrantes;
  • el sistema de seguridad social de un solo país deberá encargarse del pago de las prestaciones concedidas a los trabajadores;
  • garantizar la protección y la portabilidad de los derechos adquiridos; y
  • describir de forma detallada los mecanismos y la financiación de las prestaciones y de su aplicación efectiva.

Intercambio de conocimientos

Se dispone de una gran cantidad de información sobre los acuerdos de seguridad social bilaterales y multilaterales firmados por algunos países.

Sin embargo, a menudo no es fácil acceder a esta información. Los datos mundiales sobre el número exacto de acuerdos de seguridad social bilaterales y multilaterales, y su naturaleza, y sobre los países signatarios, son incompletos.

La AISS abre el camino

Para corregir esta falta de información, la Asociación Internacional de la Seguridad Social (AISS) está realizando una encuesta al conjunto de las instituciones miembros, provenientes de más de 150 países. Las respuestas a esta encuesta se utilizarán para saber en qué países se concede cobertura de seguridad a los trabajadores migrantes, dónde hay deficiencias en materia de cobertura y dónde es posible mejorar el acceso a la protección social. Algunos países tienen dificultades para determinar el número de trabajadores migrantes ocupados en la economía informal2. Estos datos contribuirán a los esfuerzos internacionales para lograr una protección social universal y cumplir los Objetivos de Desarrollo Sostenible para 2030, en particular el Objetivo 1.3.

Para que los acuerdos puedan funcionar a nivel bilateral, es necesario el intercambio eficaz de información entre los países signatarios. Sin embargo, este intercambio se enfrenta con dificultades, puesto que las instituciones de seguridad social no disponen actualmente de normas ni de soluciones reutilizables. Para resolver este problema, la AISS está elaborando una norma en materia de intercambio de datos lista para ser utilizada, así como herramientas de apoyo genéricas, que facilitarán la puesta en marcha de los procesos administrativos para la aplicación de los acuerdos internacionales y de otra índole.

“Dado que cada vez más personas trabajan en el extranjero, es importante que los sistemas de seguridad social refuercen su colaboración para proporcionar protección más allá de las fronteras nacionales. Gracias a nuestra labor innovadora, podremos compartir conocimientos valiosos y elaborar herramientas prácticas que puedan garantizar soluciones eficaces a los trabajadores migrantes y a la sociedad en su conjunto”, declaró el Secretario General de la AISS, Hans-Horst Konkolewsky.

Extensión de la cobertura a los trabajadores migrantes

En las Directrices de la AISS sobre Soluciones Administrativas para la Extensión de la Cobertura y en el Manual sobre la extensión de la cobertura de seguridad social a los trabajadores migrantes se exponen las razones por las que los sistemas de seguridad social nacionales deberían extender la cobertura a los trabajadores migrantes y a las personas a su cargo. Además de satisfacer las necesidades básicas de estas personas y las expectativas de los trabajadores migrantes en materia de protección social, los sistemas de seguridad social y la sociedad obtienen ventajas importantes:

  • Los sistemas de seguridad social proporcionan prestaciones y servicios fundamentales que contribuyen a mitigar los riesgos a los que suelen enfrentarse los grupos más vulnerables de la población activa. Existe una clara razón humanitaria para extender la cobertura a estos trabajadores.
  • La extensión de la cobertura de seguridad social mejora la cohesión social, facilita el crecimiento económico y refuerza el apoyo público a los regímenes de seguridad social.
  • La población no migrante puede considerar importante la cobertura de los trabajadores migrantes por razones de equidad (por ejemplo, en el caso de los trabajadores desplazados en el extranjero);
  • Los trabajadores migrantes pueden contribuir a mejorar la situación demográfica de un país y suelen ser cotizantes netos al sistema de seguridad social durante su ciclo de vida;
  • La cobertura de los trabajadores migrantes fortalece las medidas encaminadas a formalizar el sector informal, fomenta y apoya la movilidad de los empleados y establece salvaguardias para prevenir la explotación de los trabajadores migrantes.

Diferencias en el acceso a la protección

Al formar un grupo de población heterogéneo, los trabajadores migrantes no tienen todos el mismo acceso a la portabilidad de los derechos de seguridad social. La protección de determinados trabajadores puede estar recogida en acuerdos de seguridad social bilaterales o multilaterales entre su país de origen y el país de acogida. Otros pueden tener acceso a las prestaciones de la seguridad social sin que se hayan firmado acuerdos bilaterales, mientras que otros pueden no tener acceso a pensiones de vejez o a otras prestaciones de larga duración, pero sí a prestaciones a corto plazo no transferibles, como la atención de salud. Sin embargo, algunos trabajadores migrantes pueden tener un acceso muy limitado, o no tener acceso en absoluto, a las prestaciones de la seguridad social del país de acogida.

Teniendo en cuenta las corrientes migratorias internacionales, el intercambio de conocimientos sobre los acuerdos internacionales de seguridad social debería apoyar las iniciativas encaminadas a hacer frente a las desigualdades en materia de acceso a la cobertura. Reconociendo que la formulación y aplicación de los acuerdos internacionales de seguridad social es un proceso largo, la decisión de la AISS de recopilar datos sobre los acuerdos internacionales es una iniciativa favorablemente acogida y necesaria.